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Chubut y el nuevo Régimen Penal Juvenil: los principales cambios que trae la Ley 27.801

La Ministra Camila Banfi Saavedra analizó los alcances de la nueva normativa que reduce la edad de imputabilidad a los 14 años, amplía el catálogo de delitos a los adolescentes y establece pautas específicas para las penas, priorizando la resocialización.

Desde el pasado sábado se inició en todo el país la implementación de la Ley 27.801, conocida como nuevo Régimen Penal Juvenil, que marca un nuevo escenario en cuanto a la aplicación de la ley pena a los adolescentes, a partir de los 14 años.

Camila Banfi Saavedra, Ministra del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, explicó que “lo primero que nos agrega es la baja de la edad de la inimputabilidad, ingresando hoy al sistema penal menores desde 14 hasta las cero horas del día en que la persona cumple 18 años. Esto es importante porque antes en el régimen penal juvenil teníamos contemplados a los menores de 16 y 17 años, pero ahora vamos a tener desde los 14 años”.

 “El segundo cambio importante es el catálogo penal por los que van a estar afectados los jóvenes; porque en el régimen anterior los jóvenes estaban afectados por los delitos graves y ahora desde 14 años van a estar afectados prácticamente por toda la el Código Penal” indicó Banfi, al referirse a las modificaciones de fondo que trae aparejada la implementación de la nueva ley.

Por otra parte, indicó que, en el caso de Chubut, el Código Procesal Penal tiene un capítulo destinado al régimen penal juvenil y eso no se modificaría. Explicó que la ley XV N° 9 marcó en su momento un importante avance en el tratamiento de los menores incursos en delitos, que se complementa con lo dispuesto por nuestro código.

En ese sentido dijo en una entrevista con Jusnoticias que será necesario profundizar el monitoreo en todas las causas con menores de 14 y 15 años, por la alta sensibilidad de esas edades.

Garantías

Banfi Saavedra indicó que será necesario poner “un foco en la sensibilidad de esta nueva modificación, en los jóvenes de 14 a 16 que se incorporan al régimen penal” y en ese sentido agregó que hasta que entrara en vigencia esta nueva normativa, “esos jóvenes iban a disposición del juez de familia en los casos de los delitos graves, que ni siquiera podíamos traerlos para hacer en su momento los controles de detención o imputarle el hecho”.

A partir de ahora, “eso se va a modificar porque los jóvenes de 14 años van a tener que venir ante el juez penal; por supuesto, con las reglas que establece el código, con su defensor, con la asesoría de familia, a lo mejor también con una fiscalía especializada”.

Por otra parte, señaló que una vez que estos menores estén afectados por la ley penal, “cuentan con la protección de un bloque constitucional y convencional que protege a los menores afectados por la ley penal y reglas internacionales que también tienen que ser tenidas muy en cuenta por los operadores del sistema judicial” aseguró.

Tope máximo

En cuanto a las penas que podrían establecerse para estos casos y dependiendo la gravedad de los delitos imputados, Banfi Saavedra indicó que “en los jóvenes de 14 o 15 años, por ejemplo, va a tener que tenerse muy presente la gravedad del daño causado, la edad del adolescente, que creo que esto va a ser fundamental y gravitante”.

En ese sentido agregó que “hoy todos tienen que responder, pero los menores de 16 van a tener que responder por todos los delitos. Entonces ahí se establece, por ejemplo, un tope máximo de monto de pena. Lo que se establece ahora es que los jóvenes no van a poder ser penados con prisión perpetua y establece un tope máximo de 15 años”.

En cuanto al tipo de delitos, la Ministra del STJ indicó que más allá de los delitos más graves, como homicidios o robos agravados por la utilización de armas de fuego, “lo que hace esta nueva ley es abrir toda una puerta sobre un catálogo de delitos que son de comisión más frecuentes de los adolescentes, pero en los cuales hasta ahora los adolescentes no eran llamados a una audiencia de control o a sentarse frente al sistema penal a responder por ellos”.

A modo de ejemplo, la magistrada explicó que hasta ahora “un joven de 16 que en un reto viral o en un reto con otros jóvenes compartía material aberrante dentro de grupos de WhatsApp de jóvenes; era un hecho gravísimo y esos jóvenes eran traídos al sistema penal y se les imputaba. Y podían quedar privados de libertad, por ejemplo, en un pabellón de menores vinculados con causas de abuso sexual”.

A partir de la nueva normativa, “deberíamos tener presente que los jóvenes de 14, en el ámbito de su vida diaria, por ejemplo, en una riña en un en un boliche, la clásica pelea entre jóvenes que se lesionan mutuamente, eso va a estar alcanzado por el sistema penal, van a ser detenidos, y van a ser imputados en el control de detención, y si de acuerdo al delito la pena tiene una expectativa de tres años o más, podrían dictarse las medidas de coerción, o sea, podían quedar privados de libertad.”

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