El ambiente constituye uno de los objetos más valiosos a proteger, de él depende la subsistencia de la especie humana y su sano desarrollo. El Procurador General, Jorge Luis Miquelarena, decidió avanzar hacia un tratamiento especializado de los delitos penales en materia de ambiente, otros bienes colectivos y de animales.
El Procurador tuvo en cuenta que la regulación jurídica eficaz y el accionar eficiente de las autoridades, son ejes fundamentales para “contener dentro de lo tolerable los riesgos de naturaleza ambiental generados, así como reparar los daños ocasionados en la medida que resulte posible”.
La Resolución 244/24 PG, indica la importancia de avanzar hacia un tratamiento especializado de los delitos penales en materia de ambiente, como podrían ser contaminaciones peligrosas para la salud a partir de distintas actividades (industriales, mineras, entre otras), la contaminación de cursos de agua, el desmonte, los derrames de fluentes contaminantes (derivados de hidrocarburos líquidos), la afectación de la fauna como daño ambiental colectivo, entre otros.
Todos estos delitos serán abarcados y tratados de modo coordinado, sea en la sede de la UFE AyDA o ante la Fiscalía que corresponda por el lugar en donde se produzcan esos hechos, según lo resuelva el Procurador General. “Ello, en tanto se comprometen los recursos de las generaciones futuras y las condiciones de vida de los habitantes”, establece.
Las denuncias por delitos ambientales o delitos contra los animales, serán recibidas por todas las Fiscalías, la Procuración General analizará si aplica el criterio de asignación a la UFE AyDA y en tal caso, se remitirán las actuaciones para ser analizadas y darles tratamiento.
EL PROCURADOR GENERAL RESUELVE:
Artículo 1°: ESTABLECER la creación de la Unidad Fiscal Especializada en Ambiente y Delitos contra Animales (UFE AyDA), según y conforme los considerandos y las demás disposiciones de la presente resolución, con sede en la ciudad de Rawson, equiparada a nivel organizacional del MPF con las Oficinas Únicas del Ministerio Público Fiscal.
Artículo 2°: DISPONER que la estructura e integración de los miembros que la compongan se determinará con base en el criterio para la asignación de los casos que le corresponda llevar adelante.
Artículo 3°: FIJAR los temas de conocimiento de la UFE AyDA según los lineamientos ya expuestos en los considerandos, ello previa a la asignación del Procurador General.
Artículo 4°: DIFERIR la puesta en marcha, conformación y efectiva implementación de la UFE AyDA para el momento que las condiciones lo permitan.
Artículo 5°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y cumplido, archívese.