El diputado provincial del bloque Despierta Chubut, Sergio Ongarato, presentó en la Honorable Legislatura de Chubut el Proyecto de Ley N° 064/24, que tiene como objetivo brindar al personal policial de la Provincia la asistencia legal, patrocinio o defensa jurídica que sean necesarias cuando los agentes sean denunciados a causa de tareas realizadas en el ejercicio de sus funciones.
El proyecto ingresó formalmente en la última sesión y pasó para su análisis a la Comisión Permanente de Asuntos Constitucionales y Justicia. Entre los fundamentos el legislador plantea que “el aumento de los delitos en muchas ciudades de la Argentina y de Chubut provoca una mayor demanda de presencia e intervención de la policía en esos hechos o en las investigaciones de los mismos, e incrementa la posibilidad de que los agentes policiales deban actuar para repeler o neutralizar el delito, exponiendo hasta su integridad física y en muchos casos hasta su vida en esos hechos”.
“Las personas aprehendidas o acusadas por la policía en esos hechos quedan sujetas a la ley, y el Estado le garantiza un abogado defensor si es que no puede o quiere pagar un defensor particular. En el proceso de la defensa se suele esgrimir como argumento de defensa agresiones o mal desempeño en el ejercicio de sus funciones ejercidas por el o los agentes policiales actuantes, tanto en el aspecto penal como el civil”, agrega.
A partir de esas situaciones, “comienza un proceso de investigación y/o judicial en contra de agentes policiales que actuaron en el hecho policial, quienes deben proveerse a su costo abogados defensores para defenderse ante un juez”.
Actualmente “la Institución Policial cuenta con una Asesoría Legal cuya función se limita a la representación legal de la Policía como institución, pero no asiste al personal de la misma, que queda así en una situación de desamparo legal y librado a su propia suerte cuando es acusado judicialmente por hechos relacionados con el ejercicio de sus funciones”.
Se propone por lo tanto “reformar la Ley XIX N°5 en su artículo 34 para así crear la Defensoría Letrada del Policía, con jerarquía, capacidades y recursos suficientes para representar a los hombres y mujeres de todas las Unidades Regionales de la Policía de la Provincia del Chubut que puedan verse involucrados, en función del servicio, en procesos o litigios penales y/o civiles ante la justicia ordinaria”.
Ongarato destaca en el proyecto que “con la sanción de esta Ley se garantizarán los derechos del personal policial y se atenderán las denuncias formuladas en su contra en hechos relacionados con el ejercicio de sus funciones, por la que puedan ser sometidos a procesos y/o litigios penales y/o civiles”.
La ley establece específicamente: Artículo 1º: Modificase el artículo 34 de la Ley XIX N.º 5 que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 34: Directamente del Jefe de Policía dependerán:
1. Asesoría Letrada
2. Secretaría General. De esta será dependiente la División relaciones Policiales.
3. Gabinete de Asistencia Integral
4. Defensoría Letrada
La Defensoría Letrada estará integrada por Profesionales del Derecho especializados en la rama penal y civil. Uno de ellos será designado Defensor Principal con asiento en Rawson y los demás Defensores Adjuntos, que tendrán asiento en la zona sur y en cordillera”.