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Menna cree que “es prioritario” prorrogar el subsidio al gas residencial en la Patagonia

Es porque vence en este 2021. Los ediles cordilleranos de Juntos por el Cambio presentaron un proyecto de Declaración para que la Cámara de Diputados trate a la brevedad posible el proyecto de ley que Menna presentó en julio del año pasado y por el cual pidió una prórroga por 10 años.

El diputado nacional Gustavo Menna coincidió con los concejales del bloque de Juntos por el Cambio en Esquel en que resulta “prioritario” prorrogar el subsidio al gas residencial en la Patagonia que fue creado en 2002 por 10 años y luego prorrogado hasta este 2021. Ante la proximidad del vencimiento, los ediles solicitaron, a través de un proyecto de Declaración, que la Cámara de Diputados de la Nación trate a la brevedad posible el proyecto de ley que Menna presentó el 6 de julio de 2020 y por el cual pidió que se extienda por otros 10 años el subsidio.

“Ese subsidio creado por 10 años en 2002 y prorrogado hasta este año 2021 permite que los usuarios residenciales patagónicos paguen un 50% menos sus tarifas, monto que es compensado con un fondo fiduciario”, explicó Menna, quien agregó que la medida incluye un descuento del 50% para la venta para uso domiciliario de cilindro, garrafas y gas licuado de petróleo.

“Los concejales de Esquel expresaron en su presentación que es prioritario tratar ese proyecto, ya que el beneficio para la Patagonia vence este año; y de no prorrogarse las tarifas residenciales de gas aumentarían exactamente el doble, además de estar expuestas a otros incrementos como parte de los aumentos que ha anunciado para este año el Gobierno Nacional”, precisó Menna.

“La cuestión del inminente vencimiento del sistema establecido por la Ley 25.565 genera una enorme preocupación entre los usuarios y consumidores; y esta preocupación debe ser atendida y despejada con anticipación en atención a la complejidad y plazos que demanda el trámite legislativo”, planteó Menna.

Agregó que “la prórroga resulta un acto de estricta justicia federal, toda vez que el subsidio alcanza a usuarios y consumidores que residen en las provincias productoras de gas, como es el caso de Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Chubut, Mendoza y Salta”.

Y añadió que “si bien son en su mayoría zonas de alto consumo de gas por su clima extremo, y que por ello una tarifa plena afectaría la capacidad de consumo de los usuarios y con ello los derechos que tutela el artículo 42 de la Constitución, también debe atenderse que esos consumidores residen en las provincias que aportan el gas a todo el país, con lo cual su situación debe ser considerada”.

Esta consideración debe hacerse, agregó, “atendiendo el mandato de contribuir al crecimiento armónico de la Nación y equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones que dispone el artículo 75 inciso 19 de la Constitución”.

El Fondo Fiduciario

El Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas fue creado en 2002 mediante la Ley 25.565. Su objeto fue financiar, por un lado, las tarifas diferenciales de Gas Natural y Gas Licuado de Petróleo de uso domiciliario para la zona sur del país y del Departamento Malargüe de Mendoza, y por el otro, la venta para uso domiciliario de cilindros, garrafas, o gas licuado de petróleo en las provincias de la región patagónica y del Departamento mendocino.

“Una de las causas de la creación del Fondo, y posiblemente la más significativa, es que ha permitido atender pautas de consumo que difieren del resto de las regiones del país, por cuanto las zonas beneficiadas presentan condiciones climáticas extremas, que implican muy bajas temperaturas durante buena parte del año”, dijo Menna al fundamentar la presentación del proyecto que los concejales esquelenses piden que se trata “con prioridad”.

La Ley 25.565 estableció originalmente en su artículo 75 que este Fondo se constituiría con un recargo de hasta cuatro milésimos de peso ($ 0,004) por cada metro cúbico (M3) de 9.300 kilocalorías. Ese recargo se aplicaría a la totalidad de los metros cúbicos consumidos por redes o ductos en el territorio nacional, sin perjuicio de su uso final. La duración de este régimen se dispuso entonces en 10 años, es decir que su vigencia se prolongaría hasta 2012.

En tanto, la Ley 25.725 modificó en 2003 el artículo 75 en varios aspectos. Entre ellos, incluyó a la región de la Puna; estableció que el Fondo se constituirá con un recargo de hasta un 7,5% sobre el precio del gas natural en punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), por cada metro cúbico de 9.300 kc y facultó al Ministerio de Economía para aumentar o disminuir el recargo establecido en hasta un 20%. Actualmente, el recargo vigente es de 4,46%, según lo dispuesto por Resolución SE 312/2019, lo que redunda en alrededor del 50% de descuento de los cuadros tarifarios plenos, en beneficio de las regiones alcanzadas.

Más tarde, en 2009, la Ley 26.546 prorrogó el sistema de financiamiento del Fondo Fiduciario por 9 años a contar desde su vencimiento en el ejercicio 2012, lo que da lugar a que el beneficio caduque el año próximo, en 2022.

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