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Piden llevar a juicio una causa de violación con acceso carnal a una menor ocurrida en Playa Unión en el año 2009

Ante la jueza de garantías Karina Breckle, la fiscal de Rawson, Florencia Gomez solicitó se otorgue la elevación a Juicio de la investigación, para respetar el derecho de la víctima a un proceso justo y el derecho de esa niña a ser oída, evitando la impunidad de este tipo de delitos.

Tras una audiencia preliminar realizada el día lunes 5 de diciembre, que fuera presenciada por la víctima, quien fue acompañada por el Servicio de Asistencia a la Víctima de la ciudad de Rawson. La fiscal general de Rawson, Florencia Gómez, relato los hechos ocurridos en el invierno del año 2009, sin precisar día exacto, en horas de la madrugada, en la villa balnearia de Playa Unión.

Dos sujetos, sabiendo muy bien lo que hacían, conociendo la significación que su conducta poseía, abusaron sexualmente de la menor de 17 años de edad.

En circunstancias en la que la menor se apersonó a dicho domicilio invitada a una reunión de amigos, consumió un vaso con vino, minutos después, la menor pierde el control de su cuerpo sin perder la conciencia, y es conducida a una de las habitaciones en el segundo piso de la propiedad.

Aprovechándose de esa situación, primero L. L. y posteriormente L. R., ambos penetran a la menor vía vaginal, introduciendo su pene, ingresando a la habitación donde se encontraba la víctima sobre la cama y en un estado consiente, pero sin ninguna posibilidad de reacción y de poder consentir libremente la acción.

DIFERENTES PLANTEOS

La defensa Penal privada de L L no planteo oposiciones a la acusación Fiscal.
La defensa pública en cambio, planteo la prescripción del delito que se está imputando, atento al transcurso del tiempo, y la oposición de la elevación a Juicio de la investigación.

Ante dicho planteo, la Fiscal General Florencia Gomez, expresó que “Una niña víctima de abuso sexual, es un sujeto especialmente vulnerable a quien el Estado Argentino le debe obligatoriamente deberes especiales de protección. Su voz no pude ser neutralizada por la normativa interna, cuando la niña menoscabada en su dignidad, acude ante la autoridad para recibir una respuesta respecto a algo que le sucedió y no tuvo posibilidad de expresar.

Las niñas víctimas, no siempre pueden hablar en los tiempos y formas que determina la justicia.
El deber de investigar los hechos denunciados, la protección de los niños, los derechos que les asisten, existían al momento de la denuncia, en función los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino.

Área de Comunicación Institucional de la Procuración General Rawson

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