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Causa ñoquis calientes: tras un año de parate se reanuda la causa luego del fallo del STJ

Otro caso de corrupción que avanza a juicio oral y público conforme las pruebas ofrecidas por el Fiscal Omar Rodríguez. Una vez más, en este tipo de causas por corrupción se puede ver el común denominador, la afectación de toda la comunidad en general, tras una conducta que burla la confianza de la sociedad.

Luego de más de 11 largos meses de interrupciones de la audiencia preliminar, el Superior Tribunal de Justicia, puso punto final y resolvió declarar nula, por falta de fundamentación, la decisión de la Jueza Ivana Gonzalez, atacada oportunamente y varias veces por el titular de la UFE, Omar Rodríguez.

Se trata de una medida en donde se ordenó el levantamiento del secreto bancario a los fines de que el banco remita la información sobre los movimientos de las cuentas a nombre del señor Juan Martín Sandoval, denunciante en una causa por corrupción.

Sin embargo, para los jueces Marcelo Nieto Di Biase y Marcos Napoli, la decisión, que fuera considerada “arbitraria” por el Fiscal Omar Rodríguez y el defensor del denunciante Martín Sandoval, fue ajustada a derecho y bien fundamentada.

El origen de la cuestión y su atraso, radicó en la primera decisión de la Jueza Ivana Gonzalez, luego se sumó, en la misma línea, la Jueza Maria Tolomei, quien mantuvo el mismo criterio y por último los dos jueces revisores, Marcos Napoli y Marcelo Nieto Di Biase, confirmaron aquellas decisiones, paso un año, pero el Superior Tribunal de Justicia del Chubut, resolvió, declarar nula de la decisión de estos cuatro jueces, ahora el proceso continuará con la Jueza Ivana Gonzalez  quien deberá materializar el auto de elevación a juicio.

Cabe resaltar, que en aquel momento el fiscal general Omar Rodríguez, titular de la UFE, destacó el rol del denunciante y planteó que se trata de un testigo y no de un imputado. Subrayó que no se puede ingresar a una cuenta bancaria, es una medida de coerción invasiva de la intimidad de las personas, por lo tanto, no se puede aplicar a un testigo. Con similares argumentos se expidió el representante legal del denunciante, el abogado de Esquel, Daniel Sandoval. En consecuencia, no se puede aplicar a un testigo, es decir, para que se pueda ingresar al ámbito privado de una persona o al ámbito íntimo, es necesario que exista una causa o una sospecha razonable de que dicha persona participó en un hecho delictivo.

IMPUTACION FISCAL

La ex ministra de familia y ex diputada Provincial, Cecilia Torres Otarola, fue acusada por el delito de fraude a la administración pública en calidad de autora por 8 hechos, tres por el delito de concusión y cinco por fraude, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Para el fiscal Omar Rodríguez, la ex funcionaria “resultó una pieza central de la actividad delictiva investigada”.

Según las calificaciones legales escogidas, la escala penal parte desde los dos años de prisión, más inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. La Fiscalía estimó que al momento de pedir pena de prisión, la misma no será inferior a los cuatro años de prisión efectiva, más la inhabilitación especial por igual plazo.

IMPACTO

La compleja situación que se generó a partir de la decisión infundada por parte de la jueza Ivana Gonzalez, se trató de una medida gravosa relacionada con denunciantes y testigos de actos de corrupción.

Rodríguez observó con preocupación, teniendo en cuenta el impacto que generó dicha decisión, respecto de quienes denuncian actos de corrupción, así como de quienes son testigos en casos de corrupción. Las acciones de aquellas personas que denuncian irregularidades o prácticas fraudulentas o son testigos, pueden dar lugar a que se produzcan distintos agravios como amenazas u hostigamientos, con motivos de que se descubran y se combatan prácticas ilegales en Instituciones del Estado.

Como ya se había adelantado, fue una medida innecesaria. La información que solicitó el defensor de Cecilia Torres Otarola, que se extraiga de los bancos, respecto de las cuentas del denunciante Sandoval, es la misma información que se podía haber obtenido de la cuenta de la imputada Otárola sin necesidad de ingresar al ámbito privado de un testigo o denunciante.

Área de Comunicación Institucional de la Procuración General- Rawson

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