El juez penal Marcelo Nieto Di Biase dictó hoy la absolución a Edgardo Hompanera y Carlos Morales en el marco de una causa por el delito de coacción simple en grado de coautores, en la cual ambos dirigentes sindicales estaban imputados.
Durante el juicio oral y público de la causa caratulada “Meiszner Andrés Matías, Secretario de Trabajo de la Provincia del Chubut S/Dcia. Pta. Amenazas Agravadas; Privación Ilegitima de la Libertad – Rawson 2019”, la fiscalía había acusado a Hompanera y Morales de haber proferido amenazas contra el ex Secretario de Trabajo de Chubut, Andrés Matías Meiszner, en un hecho ocurrido el 19 de septiembre de 2019 en la sede de la cartera laboral, en Rawson.
Tras los alegatos y la ponderación de las pruebas, en su análisis, el magistrado entiende que “la fiscalía partió de premisas confusas, lo que fue sostenido en todo el debate, cobrando relevancia lo dicho por los acusados en sus declaraciones y el defensor en su alegato, en cuanto a la inexistencia de un dictamen del ex secretario de trabajo, sino solo un supuesto despacho de una circular para poner en conocimiento las autoridades que representarían a la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), conforme Resolución 12/19 de dicha entidad gremial”.
Al mismo tiempo, señaló que la fiscalía sostuvo que los testigos propuestos por la defensa no pueden ser tenidos en consideración porque habrían tomado parte en el accionar y en ese sentido consideró que “dicha postura es incompresible, dado que de haber formado parte, la fiscalía tuvo la opción de imputarlos y acreditar su accionar delictual. Si no lo hizo porque consideró que no podrían ser acusados, no puede ahora sostener que su testimonio no sería válido”.
Por estos, y otros motivos, el juez Di Biase entendió que “la fiscalía no logró alcanzar lo que se conoce como “más allá de toda duda razonable” que permita arribar a una sentencia condenatoria” y en ese sentido resolvió la absolución de las dos personas imputadas.