El Juez de Familia de la ciudad de Trelew, Daniel Manse, acogió favorablemente el amparo presentado por la abogada de un adolescente trans y ordenó a la obra social provincial que dé cobertura a la totalidad de los gastos que demande la intervención.
El conflicto entre la citada norma y el resto del marco legal, estuvo dado en la interpretación que realizó la obra social provincial, al requerir que el joven acceda a una autorización judicial previa para luego solicitar la intervención quirúrgica.
Tras analizar el planteo del joven trans y la respuesta de los abogados del ISSyS, el Dr. Daniel Manse se realizó una serie de preguntas, y principalmente apuntó a entender si es él, como magistrado, quien debe validar el género autopercibido del actor, concluyendo que no es eso lo que la ley le está exigiendo.
Así concluyó que en este caso, el joven “no requiere autorización judicial para avanzar hacia la concreción de su sentir más íntimo”, y consideró que su tarea como juez, en este caso puntual, no puede ser otra que declarar la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley N°26.743 y hacer lugar al amparo frente a la denegatoria de la demandada en cubrir la prestación de la cirugía oportunamente solicitada.
Por otra parte, el magistrado judicial, exhortó al Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) “a que implemente la capacitación para todo su personal administrativo, profesional y jerárquico” en materia de género, de acuerdo a los lineamientos fijados por la Ley Micaela (Ley 27.499 y su adhesión provincial ley VIII – N°129), como así también en los términos del Plan Nacional de Acción contra las violencias por Motivos de Género.