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Causa Revelación: Se conocieron las condenas y se dictó prisión preventiva para Cisterna, Pagani y Bortagaray

Este lunes después del mediodía se realizó la audiencia en la cual el tribunal de enjuiciamiento dio a conocer la pena para los ocho condenados en la causa Revelación, vinculada a la estafa al Estado chubutense a través de la obra pública en el periodo 2015-2017, durante la última gobernación de Mario Das Neves.

Según la lectura de pena, VICTOR HUGO CISTERNA, fue hallado culpable por los delitos de organizador de asociación Ilícita en calidad de autor, en concurso real con exacciones ilegales -un hecho-en carácter de autor en razón de los hechos individualizados bajo los números 1 y 28 del auto de apertura de juicio pronunciado en autos, ocurridos entre los meses de diciembre de 2015 y octubre de 2017 en perjuicio del Orden Público. Deberá cumplir la pena de 7 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo, con más la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público, con expresa condena sobre las costas del proceso.

Causa revelación: DIEGO MIGUEL CORREA, fue condenado por los delitos de Organizador de Asociación Ilícita en calidad de autor, en Concurso Real con Exacciones Ilegales en carácter de autor -dos hechos-, en Concurso Real con Cohecho Pasivo en calidad de autor bajo modalidad de delito continuado -16 hechos- Asimismo pesa sobre Diego Correa una condena en la causa embrujo de 10 años de prisión y se encuentra procesado y siendo juzgado por otra causa más. Deberá cumplir una pena de 5 años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público y la expresa condena por las costas del proceso.

ALEJANDRO PAGANI: Fue encontrado culpable por los delitos, miembro de asociación ilícita a título de autor, en concurso real con cohecho pasivo en calidad de participe primario y bajo la modalidad de delito continuado. Le corresponderá cumplir la pena de cuatro años y ocho meses de prisión efectiva, con más la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público, con expresa condena sobre las costas del proceso.

JUAN MARTIN BORTAGARAY, culpable por los delitos de Miembro de Asociación Ilícita en calidad de autor en Concurso Real con Cohecho Pasivo bajo la modalidad de delito continuado en calidad de participe primario -5 hechos. Deberá cumplir la pena de cuatro años y ocho meses de prisión, con más la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público y con la expresa condena sobre las costas del proceso.

PABLO OCA, autor penalmente responsable por el delito de miembro de asociación ilícita en concurso con cohecho en modalidad de delito continuado. Tendrá que cumplir la pena de tres años de prisión, con más la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público, con más el decomiso de los bienes secuestrados.

DIEGO LÜTERS, culpable por el delito de Miembro de Asociación Ilícita en calidad de autor, por el hecho individualizado bajo el número 1 del auto de apertura de juicio emitido en autos
Alejandro Soulages. Ocurrido entre los meses de diciembre de 2015 y de octubre de 2017 en perjuicio del Orden Público. Deberá cumplir la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa condenación de las costas del proceso.

GONZALO RUBEN CARPINTERO PATTERSON, hallado culpable por el delito de enriquecimiento ilícito de Funcionario Público en calidad de autor, por el hecho ocurrido entre los meses de diciembre de 2004 y noviembre de 2017, en perjuicio de las Administraciones Públicas de la Provincia de Chubut y de la Municipalidad de Trelew.- Deberá cumplir la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, inhabilitación absoluta para ejercer cargo público, se imponga una multa de pesos 12.468.592 y se decomise el bien ubicado en calle Pablo Neruda n. 3795 del barrio de Bonorino de Trelew, el que pasar a dominio del estado ni bien la sentencia adquiera autoridad de cosa juzgada, todo con expresa condena sobre las costas del proceso.

MARTIN MIGUEL CASTILLO, culpable por el delito de cohecho activo en calidad de autor, por el hecho ocurrido en el mes de abril de 2017 en perjuicio de la Administración Pública de la Provincia de Chubut.
Deberá cumplir una la pena de dos años de prisión, de ejecución condicional, como la expresa condenación de costas del juicio a su cargo.

Los jueces Alejandro Rosales e Ivana González estuvieron a favor de las detenciones de Alejandro Pagani, Víctor Cisterna y Martín Bortagaray, mientras que el juez Mariano Nicosia, falló en contra de la prisión preventiva de los tres ex funcionarios provinciales.

El juez Alejandro Rosales argumentó indicando que, “la detención no afecta el principio de inocencia”. Citó jurisprudencia y argumentos encontrados en otros casos y que “el pedido del fiscal Nápoli es acertado”. La jueza Ivana González adhirió a estos argumentos y destacó el daño ocasionado por los hechos cometidos por los ahora hallados culpables. “Fueron circunstancias graves y tenemos que tener en cuenta la expectativa de pena”, dijo en alusión a la cantidad de años a los que fueron condenados Cisterna, Pagani y Bortagaray. Se trata de “ex funcionarios públicos y esta condición está relacionada con las posibilidades concretas de fugarse”, para destacar luego la “mesura” con la que se manejó el fiscal Nápoli.

Por su parte Mariano Nicosia se manifestó “parcialmente de acuerdo” con los otros dos miembros del Tribunal de enjuiciamiento. Dijo que “los tres condenados demostraron muy buena conducta durante el proceso y esto permite prever que se va a repetir en el tiempo. Además “es necesario destacar el arraigo que cada uno de ellos tienen en sus respectivos lugares de residencia”. Tuvo en cuenta las edades de los imputados y lo relacionó con los riesgos de la pandemia por COVID 19. Propuso para ello incrementar las medidas de seguridad para evitar que se fuguen, entre ellas presentaciones semanales antes las autoridades policiales, que no salgan de sus respectivas ciudades de residencia, además de una caución adecuada con montos necesariamente altos.

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